El pasado 6 de octubre se aprobó en Consejo de Ministros el nuevo bono social eléctrico (un descuento en la factura eléctrica al que pueden acogerse los consumidores domésticos según su nivel de renta y determinadas circunstancias personales). Entre las novedades que incluye, se encuentran las figuras del consumidor vulnerable y del vulnerable severo. La pertenencia a uno u otro grupo viene regulada por los niveles de renta y otras características.
¿Cómo se qué tipo de consumidor soy?
Consumidor vulnerable. A este grupo pertenecen aquellos consumidores con una renta igual o inferior a 14 pagas de 806 euros, 1.074 en caso de tener un hijo a su cargo y 1.343 si tiene dos menores bajo su responsabilidad. Dichas cantidades serán ampliables si algún miembro de la familia presenta una discapacidad igual o superior al 33% o es víctima de violencia de género o terrorismo. Este tipo de consumidor se beneficiará del 25% de descuento.
Consumidor vulnerable severo. En este grupo estarán incluidas aquellas personas cuyos ingresos no alcancen el 50% de los umbrales fijados para el consumidor vulnerable. En este caso, el descuento aplicado será del 40%, ampliable hasta el 50% si se encuentra en riesgo de exclusión o atendido por los servicios sociales.
Otras novedades importantes
Los consumidores vulnerables y vulnerables severos no son los únicos con potestad para beneficiarse del nuevo bono. Las familias numerosas y los pensionistas con retribución mínima podrán solicitarlo de igual manera.
Procedimiento en caso de impago. En caso de impago, las compañías comercializadoras no podrán cortar la luz a aquellas personas que se encuentren en riesgo de exclusión social. El resto de consumidores contará con un plazo de entre dos y cuatro meses antes de quedarse sin luz.
Este nuevo bono es válido durante un período de dos años –en caso de no perder alguno de los requisitos que se piden– con posibilidad de solicitar una renovación del mismo hasta 2 semanas antes de la fecha de vencimiento.